Auto Supremo AS/0553/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0553/2019

Fecha: 08-Oct-2019

El recurso de casación aduce que el Auto de Vista emitido es incongruente; en ese

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
Expuestos los fundamentos del recurso de casación, corresponde verificar si lo denunciado es o no evidente, de cuyo análisis y compulsa, se determina lo siguiente:
Doctrina aplicable al caso:
El recurso de casación aduce que el Auto de Vista emitido es incongruente; en ese entendido debemos recordar que la Sentencia Constitucional Nº 0114/2018-S3 de 10 de abril, citando a la Sentencia Constitucional Nº SCP 1083/2014 de 10 de junio, respecto al principio de congruencia dentro el debido proceso, expuso:
“…amerita una comprensión desde dos acepciones; primero, relativo a la congruencia externa, la cual se debe entender como el principio rector de toda determinación judicial, que exige la plena correspondencia o coincidencia entre el planteamiento de las partes (demanda, respuesta e impugnación y resolución) y lo resuelto por las autoridades judiciales, en definitiva, es una prohibición para el juzgador considerar aspectos ajenos a la controversia, limitando su consideración a cuestionamientos únicamente deducidos por las partes; y, segundo, la congruencia interna, referido a que, si la resolución es comprendida como una unidad congruente, en ella se debe cuidar un hilo conductor que le dote de orden y racionalidad, desde la parte considerativa de los hechos, la identificación de los agravios, la valoración de los mismos, la interpretación de las normas y los efectos de la parte dispositiva; es decir, se pretenden evitar que, en una misma resolución no existan consideraciones contradictorias entre sí o con el punto de la misma decisión”
En ese entendido, la congruencia de las Resoluciones exige a las Autoridades en el ejercicio de justicia, establecer una relación causal entre lo expuesto por las partes, las consideraciones asumidas y la determinación, efectuando un razonamiento integral y armonizado de estos aspectos, permitiendo conocer a las partes del proceso conoce los motivos por los cuales sus alegaciones y peticiones fueron o no concedidos