Auto Supremo AS/0575/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0575/2019

Fecha: 08-Oct-2019

En observancia de los principios de verdad material y de inversión de la prueba, conforme

Sobre el pago del aguinaldo y doble aguinaldo 2014
En observancia de los principios de verdad material y de inversión de la prueba, conforme se desarrolla precedentemente, de conformidad el aguinaldo debió pagarse al trabajador hasta el 20 de diciembre de 2014 y el segundo aguinaldo hasta el 31 de diciembre de 2014; en caso de que el trabajador no se presente a su fuente laboral a exigir el pago respectivo hasta dichas fechas, el empleador puede y debe proceder de inmediato con el depósito a la Cuenta de Fondos en Custodia de la Jefatura Departamental de Trabajo y no dejar trascurrir el tiempo incurriendo en incumplimiento de pago oportuno de los mismos; por esa situación de incumplimiento en el pago oportuno, la Sentencia y el Auto de Vista ordenaron el pago doble del aguinaldo de la gestión 2014 y el Auto de Vista confirmó la decisión; en consecuencia, resulta correcta la determinación del pago doble