Auto Supremo AS/0602/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0602/2019

Fecha: 22-Oct-2019

Como precedentemente se analizó, este aspecto debió ser reclamado mediante una excepción previa, si consideraba

Como precedentemente se analizó, este aspecto debió ser reclamado mediante una excepción previa, si consideraba que no tenía legitimación para ser demandado en el presente proceso laboral; sin embargo, la prueba que se señala, cursante de fs. 36 a 222, no muestra ninguna sigla como afirma la empresa recurrente, solo nombres, horarios y firmas de un control de asistencia; por otro lado, existe un certificado de trabajo, a fs. 18, emitido por la empresa Royal Silver Company Bolivia S.A., respecto de la actora Marlene Rosario Gutiérrez Espíndola, demostrándose el vínculo laboral alegado en la demanda; y si bien, se verifica comprobantes de pago, de fs. 26 a 30, con la sigla IPF, existen otras de fs. 19, 20, 21, 22, 34 y 35, con el logo de la empresa Royal Silver Company Bolivia S.A.; como también, papeletas de pago de los actores, de fs. 24, 31, pertenecientes a empresa demandada; prueba que en el análisis integral de la misma determina la existencia de una relación de índole laboral, entre la empresa demandada y los actores