Dejando claro que el recurso de casación en el fondo, procederá en el fondo del
De lo descrito precedentemente, en las declaraciones testificales de fs. 47, 48 y 50 de obrados, se afirmó que el demandante gozó del beneficio de vacación. El demandante había desempeñado sus funciones en la ciudad de Santa Cruz en la localidad de Yacuses, y en el momento de cumplir con los trabajos que desempeñaban en ese departamento, todo el personal se movilizó a excepción del demandante quien se quedó y no retornó al trabajo; considerando lo sucedido la empresa SETEC ORURO SRL., descontó los días que a cuenta de vacación tenía el trabajador como saldo de su último periodo de trabajo, aspecto que el tribunal de alzada no consideró, puesto que estas afirmaciones hechas por los testigos no se hizo contrainterrogatorio, existiendo afirmación del demandante, debiendo así considerarse cero días de vacaciones y que no corresponde al pago indebido de vacaciones que hace referencia la Resolución de Alzada.
Dejando claro que el recurso de casación en el fondo, procederá en el fondo del litigio, resolviendo así la controversia en base a la correcta aplicación o interpretación de la ley o la debida valoración de la prueba
Dejando claro que el recurso de casación en el fondo, procederá en el fondo del litigio, resolviendo así la controversia en base a la correcta aplicación o interpretación de la ley o la debida valoración de la prueba
- I. 1. Antecedentes del proceso
- Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido del Trabajo y seguridad Social, Administrativo,
- I.1.2 Auto de Vista
- En grado de apelación deducida por Alvaro Rosales del Callejo por Hector Alejandro Villalba Benavidez,
- El señalado auto de vista, motivó a la empresa demandada a interponer el recurso de
- Dejando claro que el recurso de casación en el fondo, procederá en el fondo del
- Por todo lo expuesto, queda comprobado que el auto de vista de 14 de enero
- Refiriendo que en el auto de vista objeto de casación, se dispone que el trabajador
- Conforme dispone el art
- El Auto de Vista N° 04/2019, al darle una apreciación equivocada a la prueba, no
- Formalizando recurso de casación en el fondo, contra el Auto de Vista Nº 04/2019 con
- Petitorio
- En el fondo
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Eguëz Añez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
