Se impone multa de Bs
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en los arts. 184.1 de la Constitución Política del Estado y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, ANULA obrados hasta el sorteo de fs. 167 vta., debiendo el Tribunal de Alzada emitir nuevo Auto de Vista que cumpla con lo dispuesto por el art. 265 del Código Procesal Civil y tomando en cuenta los fundamentos de la presente Resolución, previo sorteo sin espera de turno y bajo alternativa de responsabilidad.
Se impone multa de Bs. 300 a los Vocales signatarios del auto de vista por no ser excusables las omisiones incurridas. Asimismo, por Secretaría de Sala, cúmplase con lo previsto en el art. 17.IV de la Ley del Órgano Judicial
Se impone multa de Bs. 300 a los Vocales signatarios del auto de vista por no ser excusables las omisiones incurridas. Asimismo, por Secretaría de Sala, cúmplase con lo previsto en el art. 17.IV de la Ley del Órgano Judicial
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- I.1.- Sentencia
- Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido del Trabajo
- I.2.- Auto de Vista
- En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 58/2018 de
- Que, del referido auto de vista, Juan Lionet Hirose Suarez, en representación del GAMT, interpuso
- Luego de una relación acerca de las normas en las que se sustenta la procedencia
- Asimismo, refirió que el auto de vista recurrido, en el Considerando I expuso y consideró
- Consecuentemente, al estar precisados los agravios señalados en el recurso de apelación, se encontraba expedita
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación de fs
- A su vez el art
- Deberá decidir sobre puntos omitidos en la sentencia de primera instancia, aunque no se hubiera
- En tal sentido, el Tribunal Ad quem en el caso analizado, debió resolver el recurso
- La jurisprudencia constitucional señala respecto de la congruencia, el razonamiento inserto en la Sentencia Constitucional
- En tal sentido los tribunales de alzada deben ajustar sus resoluciones de segunda instancia decidiendo
- Consecuentemente, el auto de vista recurrido si bien reconoce tal extremo, es decir, que partió
- V.1. Conclusión
- En tal sentido, por todo lo expuesto se concluye que el Auto de Vista recurrido
- Se impone multa de Bs
- Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
