Es decir, que en el primer recuadró, se generó por dos policías, un total de
Es decir, que en el primer recuadró, se generó por dos policías, un total de 384.00.00 hrs. trabajadas por el mes de enero de 2013, menos horas ordinarias, se restó 180.00, generando 204 hrs. extraordinarias, creando 25.302.00 turnos, redondeados a 26 con un sub total en Bs. 3.302, multiplicado por dos policías que trabajan 24 hrs., hacen un total de Bs. 6.604.00, y que así sucesivamente y haciendo esta misma operación, se suma un total de Bs. 19.928,00
- I. 1. Antecedentes del proceso
- I.1.1 Sentencia
- Que, tramitado el proceso de referencia, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera
- I.2 Motivos del recurso de casación
- La referida sentencia, motivó a la parte demandante, a interponer el recurso de casación en
- Es decir, que en el primer recuadró, se generó por dos policías, un total de
- Que realizado dicho análisis, se tiene que el demandado, adeuda por los meses de enero,
- I.2.1 Petitorio
- En vista de que la Sentencia N° 002/2018 de 9 de febrero, no valoró las
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- En cuanto al recurso de casación en el fondo, se cuestiona la sentencia recurrida emitida
- De lo manifestado precedentemente, se advierte que la parte recurrente, pretende se efectué una nueva
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Sin costas por disposición de los artículos 39 de la Ley Nº 1178 de 20
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Eguëz Añez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
