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    Auto Supremo AS/0860/2019-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0860/2019-RRC

    Fecha: 01-Oct-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 24 de septiembre de 2018, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • Por Sentencia 230/2016 de 10 de noviembre (fs
    • Contra la mencionada Sentencia, el acusado Angelino Contreras Choque (fs
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Del recurso de casación interpuesto y del Auto Supremo 451/2019-RA de 17 de junio, se
    • El recurrente solicita que deliberando en el fondo, este Tribunal declare fundado su recurso y
    • Mediante Auto Supremo 451/2019-RA de 17 de junio, este Tribunal admitió el recurso de casación
    • Por Sentencia 230/2016 de 10 de noviembre de 2016, el Tribunal de Sentencia Anticorrupción y
    • De la relación fáctica, se infiere la concurrencia del inciso g) del art
    • Como consecuencia de la agresión sexual, la víctima tiene problemas psicológicos de estrés postraumático que
    • En cuanto al daño físico de la menor, conforme a la prueba pericial se establece
    • II.2. De la apelación restringida
    • El imputado interpuso recurso de apelación restringida, identificando como agravios de la Sentencia los siguientes
    • Dentro del caso presente no existe prueba alguna en contra del encausado, simplemente un certificado
    • No existe fundamentación de la Sentencia, ya que no se fundamentó en derecho la participación
    • La Sentencia se basó en hechos inexistentes y dentro de su fundamentación, no se menciona
    • Existe contradicción entre la parte considerativa y dispositiva de la Sentencia, al haberse condenado una
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dictó el Auto
    • Se desprende carga probatoria suficiente y en consecuencia lógica, pues si bien el recurrente manifiesta
    • Se evidencia que existe fundamentación acorde a los hechos contenidos en el proceso, siendo esta
    • La responsabilidad penal del acusado no ha devenido de una imaginación del Tribunal de Sentencia,
    • En cuanto a la condena con una Ley de reciente promulgación, tal agravio no aconteció
    • Admitido el recurso de casación, corresponde emitir pronunciamiento de fondo, dentro de los límites establecidos
    • Finalmente, conforme impone el art
    • III.2.Análisis del caso concreto
    • Recapitulando, agravio traído en casación el recurrente acusa que el Tribunal de alzada, incurrió en
    • De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
    • Expresa: porque el Tribunal, no puede suplirla por una remisión a otros actos, o a
    • Clara: en la resolución, el objeto del pensar jurídico debe estar claramente determinado, de manera
    • Completa: la exigencia comprende a todas las cuestiones planteadas por las partes en los diferentes
    • La motivación de los fallos emergentes de los recursos, para ser completa, debe referirse al
    • El vicio de incongruencia como desajuste entre el fallo judicial y los términos en los
    • Legítima: la legitimidad de la motivación se refiere tanto a la consideración de las denuncias
    • Ahora bien, previo a identificar la similitud de los supuestos de hecho, y analizar –en
    • En definitiva, habiéndose establecido que el precedente invocado no tiene situación de hecho similar a
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela

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