Auto Supremo AS/0877/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0877/2019-RRC

Fecha: 01-Oct-2019

“…queda claro que Elizabeth Rocha no concurrió a realizar la inspección de la Farmacia en


Respecto de lo manifestado es preciso remitirnos al contenido del Auto de Vista a los fines de verificar si el mismo respondió a todos los puntos denunciados y si se encuentra debidamente fundamentado o si el mismo incurrió en el defecto mencionado por el recurrente; al respecto, se tiene que el Auto de Vista fundamento que:
“…queda claro que Elizabeth Rocha no concurrió a realizar la inspección de la Farmacia en el día que se indica, aun así firmó el acta de inspección, el Juez dice que en esa la labor de inspección puede designar personal de apoyo, que en este caso era la Dra. Heidy y William Noto, pues no sería lógico que trabaje de día y siga trabajando en la noche haciendo las inspecciones, que William Noto Pacema cuenta con memorándum de designación por el SEDEGES en comisión como Supervisor del Rol de Turno de las Farmacias para el mes de agosto 2016. El Juez da a entender que si Elizabeth Rocha tiene personal de apoyo no cumplió sus funciones de inspeccionar, pues lo hizo a través de ese personal, lo que es correcto, pues no necesariamente tenía que hacer la inspección personalmente, lo importante es que la inspección se hizo a través del personal autorizado, coincidiendo con el Juez, que no hay prueba suficiente respecto al ilícito de Incumplimiento de Deberes