Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
Firmado
Presidente Dr. Olvis Eguez Oliva
Magistrado Dr. Edwin Aguayo Arando
Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- El recurrente acusa que el Auto de Vista impugnado es una resolución ultra petita, al
- Refiere la parte recurrente que en el Auto de Vista impugnado apenas se efectúa la
- El recurrente refiere que el Auto de Vista impugnado pretende consolidar la errónea aplicación de
- El Ministerio Público acusa que el Tribunal de alzada revalorizo las declaraciones de testigos, de
- El art
- En éste contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, los recursos de casación fueron interpuestos dentro del plazo establecido
- Los recurrentes reclaman falta de fundamentación del Auto de Vista impugnado vulnerándose los arts
- Al respecto se evidencia que la parte recurrente invocó en calidad de precedente contradictorio al
- A pesar de aquello, se evidencia que los recurrentes denunciaron la vulneración de su derecho
- En relación a los motivos primero, segundo, tercero y cuarto el recurrente denuncia que el
- Respecto a los primeros tres motivos, se evidencia que la parte recurrente no invocó en
- Por otra parte se advierte de la revisión del memorial de recurso que en los
- La Fiscalía en su primero motivo, denuncia la falta de fundamentación al declarar procedentes las
- Además, la parte recurrente señala la vulneración del debido proceso; sin embargo, se limita a
- Como un motivo segundo, acusa una revalorización probatoria por parte del Tribunal de alzada, a
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
