Auto Supremo AS/0885/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0885/2019-RA

Fecha: 02-Oct-2019

Como primer motivo traído en casación, los recurrentes denuncian la vulneración del principio de congruencia,


Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de activar el recurso de casación ante la denuncia de defectos absolutos adoptada por este Tribunal, ha sido ratificada por el Tribunal Constitucional en las Sentencias Constitucionales 1112/2013 de 17 de Julio, 0128/2015-S1 de 26 de febrero y 0326/2015-S3 de 27 de marzo, entre otras, al señalar que guarda conformidad con los valores de justicia e igualdad y el principio de eficacia de los derechos fundamentales, entre ellos el acceso a la justicia y la justicia material, última que exige adoptar criterios que permitan enmendar y reparar la afectación grave de derechos y garantías constitucionales ocurridas en la tramitación de los procesos

IV.ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS

En el caso de autos, se establece que el 13 de agosto de 2019, los recurrentes fueron notificados con la última Resolución de alzada, interponiendo respectivamente sus recursos de casación el 20 del mismo mes y año; es decir, dentro de los cinco días hábiles que les otorga la ley, en cumplimiento de la exigencia temporal prevista por el art. 417 del CPP, por lo que corresponde verificar el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad.

IV.1. De los motivos coincidentes en los recursos de casación

Como primer motivo traído en casación, los recurrentes denuncian la vulneración del principio de congruencia, ante la condena por el delito de Falsificación de Documento Privado declarada en alzada, por hechos no contemplados como acusados