Auto Supremo AS/0919/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0919/2019-RA

Fecha: 15-Oct-2019

Con todo, se puede advertir que la parte recurrente denunció la existencia de infracción a


Con todo, se puede advertir que la parte recurrente denunció la existencia de infracción a los derechos, por lo que como se ha señalado en el análisis del motivo primero, se requiere comprobar el cumplimiento de exigencias a los efectos de flexibilizar los requisitos de admisibilidad del recurso de casación que permite abrir excepcionalmente la competencia; en atención a ello, se evidencia que se ha provisto los antecedentes de hecho generadores del recurso al manifestar que el Tribunal de alzada, omitió la doctrina legal aplicable en relación al principio iura novit curia, desconociéndose el principio de congruencia, en quebrantamiento de los arts. 124 y 398 del CPP, también precisó los derechos o garantías constitucionales vulnerados o restringidos a recurrir, a la seguridad jurídica, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva; mas, no se detalló con precisión en qué consistente la restricción o disminución del derecho o garantía; tampoco explicó el resultado dañoso emergente del defecto, por lo que deviene en inadmisible este motivo