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    Auto Supremo AS/0994/2019-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0994/2019-RA

    Fecha: 21-Oct-2019

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    • Por memoriales presentados el 3 de septiembre de 2019, como el 4 y 6 del
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • II.1. Del recurso de casación presentado por el SLIM
    • La entidad municipal en representación de la víctima sostiene que se cometieron una serie de
    • Finalmente, bajo el subtítulo de violación al debido proceso y defectos absolutos insubsanables, dicha institución
    • II.2. De los recursos de casación presentados por la Casa De La Mujer
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
    • ii)  Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • iii)  Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • IV.1. Del recurso de casación presentado por el SLIM
    • En el caso de autos, se advierte que el 28 de agosto de 2019, la
    • La entidad municipal recurrente denuncia que el Tribunal de alzada incurrió en una carente fundamentación
    • IV.2. Del recurso de casación presentado por La Casa De La Mujer
    • En el caso de autos, se advierte que dicha institución presentó dos recursos de casación
    • Ahora bien, la institución recurrente denuncia que se violentaron los derechos al debido proceso, a
    • FDO
    • Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela

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