Respecto al trámite, el art
Respecto al trámite, el art. 374 de la norma adjetiva penal señala que: “En audiencia oral el juez escuchará al fiscal, al imputado, a la víctima o al querellante, previa comprobación de: 1) La existencia del hecho y la participación del imputado; 2) Que el imputado voluntariamente renuncia al juicio oral ordinario; y, 3) Que el reconocimiento de culpabilidad fue libre y voluntario”; esto significa que, una vez presentado el requerimiento conclusivo de procedimiento abreviado, el juez de la causa señalará día y hora para el verificativo de la audiencia, determinación que deberá ser puesta en conocimiento de las partes que intervendrán en dicha actuación, donde serán escuchadas con finalidades distintas. En el caso del representante del Ministerio Público para fundamentar oralmente su requerimiento conclusivo, al imputado para la admisión verosímil de su participación en el hecho atribuido y la constatación de que la renuncia al juicio oral ordinario fue voluntaria; y, a la víctima para que pueda, en su caso, oponerse a la aplicación del procedimiento abreviado
- Por memorial presentado el 24 de diciembre de 2018, cursante a fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 658/2019-RA de 23 de agosto, de fs
- II.1.De la Sentencia
- Por Sentencia 10 de 14 de junio de 2018, la Juez de Partido del Trabajo
- II.2. Recurso de apelación restringida
- El imputado Remberto Rengel Andrade a través del memorial de fs
- La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, resolviendo el recurso de
- III.1.El debido proceso en su elemento fundamentación de las resoluciones
- También, este Tribunal en forma continua y coherente, ha manifestado que las resoluciones emitidas por
- Es así, que en consideración a la exigencia contenida en la Constitución Política del Estado
- Asimismo, para una fundamentación o motivación no se precisa que esta sea extensa o redundante
- En tal sentido se establece, que la fundamentación de las Resoluciones implica el deber de
- El recurrente en casación denuncia la vulneración de los arts
- Antes de ingresar al análisis sucinto se debe tener presente que este Tribunal en su
- En alzada, conforme ha establecido la amplia doctrina emanada por el Máximo Tribunal de Justicia,
- El Auto Supremo 109/2013-RRC de 22 de abril, advierte “en referencia a los fundamentos expuestos
- En consecuencia, para la procedencia de la aplicación del procedimiento abreviado o alegación pre acordada,
- En estas circunstancias, el debido proceso se encuentra en cada uno de los actos procesales
- Respecto al trámite, el art
- Dicho ello, corresponde enfatizar que la denuncia de casación por el recurrente no resulta evidente,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
