CONSIDERANDO II
CONSIDERANDO II:
CONTENIDO DEL RECURSO DE COMPULSA
a)Manifestó la indebida interpretación del art. 399.II inc. b) de la Ley Nº 603 pues el Tribunal de alzada amparó su decisión de rechazar el recurso de casación sin considerar que el proceso ordinario familiar admite los recursos de apelación y casación, además refirió que en la presente causa se reveló una mala dirección efectuada por las Autoridades judiciales que decidieron tramitar un proceso ordinario familiar dentro de un proceso de divorcio siguiendo el procedimiento ordinario pronunciando sentencia y no un Auto interlocutorio en ejecución de sentencia, concediendo un recurso de apelación en efecto suspensivo y no en devolutivo, en ese entendido la norma citada fue interpretada indebidamente al estar prevista para otro tipo de procesos y no así para los ordinarios
CONTENIDO DEL RECURSO DE COMPULSA
a)Manifestó la indebida interpretación del art. 399.II inc. b) de la Ley Nº 603 pues el Tribunal de alzada amparó su decisión de rechazar el recurso de casación sin considerar que el proceso ordinario familiar admite los recursos de apelación y casación, además refirió que en la presente causa se reveló una mala dirección efectuada por las Autoridades judiciales que decidieron tramitar un proceso ordinario familiar dentro de un proceso de divorcio siguiendo el procedimiento ordinario pronunciando sentencia y no un Auto interlocutorio en ejecución de sentencia, concediendo un recurso de apelación en efecto suspensivo y no en devolutivo, en ese entendido la norma citada fue interpretada indebidamente al estar prevista para otro tipo de procesos y no así para los ordinarios
- Partes: Osvaldo Anaya Antelo representado legalmente por Marcia Carola Nagel Anaya de Guzmán c/ Vocales
- Expediente: CB-77-19-Com
- Distrito: Cochabamba
- VISTOS: El recurso de compulsa de fs
- Contra la referida determinación Osvaldo Anaya Antelo representado legalmente por Marcia Carola Nagel Anaya de
- CONSIDERANDO II
- b)Refirió la indebida aplicación de la doctrina emitida en el Auto Supremo N° 40/2018-RI de
- c)Acusó que el Tribunal de alzada negó indebidamente el recurso de casación ya que no
- Solicitó se declare legal el recuso de compulsa y se ordene la sustanciación del recurso
- CONSIDERANDO III
- III
- Sobre el particular como se expuso en el punto precedente el principio de impugnación presupone
- Partiendo de lo precedentemente expuesto debe tenerse en cuenta que la fase de ejecución de
- CONSIDERANDO IV
- El compulsante señala que los Vocales de la Sala Familiar, Niñez y Adolescencia del Tribunal
- En ese entendido, el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución
- De conformidad al art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
