Regístrese, notifíquese y devuélvase.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida en el art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 25 del Órgano Judicial y en aplicación del art. 401.I inc. a) del Código de las Familias y del Proceso Familiar declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de fs. 962 a 967 vta., interpuesto por José Antonio Raúl Bravo Barrera y Jaime Alfredo Bravo Barrera en calidad de herederos de Gladys Barrera Hardy Vda. de Bravo contra el Auto de Vista Nº S - 77/2019 de 5 de abril, cursante de fs. 927 a 928 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz. Con costas y costos.
Se regula los honorarios del profesional abogado que contesto el recurso en la suma de Bs. 1.000.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
Se regula los honorarios del profesional abogado que contesto el recurso en la suma de Bs. 1.000.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
- CONSIDERANDO II
- CONSIDERANDO III
- Por su parte, el SCP N° 0642/2018-S3, 10 de diciembre de 2018, respecto al vencimiento
- (…) En ese sentido, las autoridades demandadas obviaron que la finalidad de dicho recurso es
- CONSIDERANDO IV
- Por lo expuesto, corresponde emitir fallo conforme a lo previsto en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
