Asimismo, se toma en cuenta el Auto Supremo Nº 984/2016, de 22 de agosto, tal
El Auto Supremo Nº 386/2017-RI, de 12 de abril, ha señalado sobre las resoluciones que pueden ser objeto de casación, en cuya doctrina aplicable al caso en su apartado II.1.3. ha explicado y determinado con relación a los Autos Definitivos conforme a la vigente Ley Nº 439.
Asimismo, se toma en cuenta el Auto Supremo Nº 984/2016, de 22 de agosto, tal como señala en el apartado III.1.- De las resoluciones que pueden ser objeto de recurso de casación, explica de manera razonada en la parte concerniente a la Doctrina Aplicable cuáles son los autos definitivos que pueden ser objeto de recurso de casación
Asimismo, se toma en cuenta el Auto Supremo Nº 984/2016, de 22 de agosto, tal como señala en el apartado III.1.- De las resoluciones que pueden ser objeto de recurso de casación, explica de manera razonada en la parte concerniente a la Doctrina Aplicable cuáles son los autos definitivos que pueden ser objeto de recurso de casación
- Partes: Juan Ricardo Gutiérrez Blanco c/Claudio Suarez Blanco y Adriana Blanco Olivares de Suarez
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- II. 1. De la resolución impugnada. Análisis de impugnabilidad
- CONSIDERADO III
- Sobre el tema el art
- Partiendo de dicho argumento, se debe entender que cuando el Legislador ha establecido la procedencia
- Y a los efectos de tener un entendimiento certero se debe aclarar que se entiende
- III.2.- De las resoluciones que pueden ser objeto de recurso de casación
- Asimismo, se toma en cuenta el Auto Supremo Nº 984/2016, de 22 de agosto, tal
- CONSIDERANDO IV
- De acuerdo a lo señalado se tiene que el recurrente no cumple con la exigencia
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
