CONSIDERANDO IV
Sobre el particular en el AS Nº 264/2017 se argumentó en el sentido que: “Del mismo modo, se advierte que las autoridades que conocieron el presente proceso, tanto en primera como en segunda instancia, refirieron que la parte actora no habría acreditado que el bien inmueble de los demandados y el de su persona tengan las mismas dimensiones y colindancias, cuando en realidad, no es necesario que quien pretenda el mejor derecho de propiedad, lo haga sobre la totalidad de dimensiones del bien inmueble del demandado, toda vez que la superficie en litigió puede abarcar, según sea el caso, la totalidad o una parte de la superficie total de los demandados, por lo que no es requisito que para la procedencia de esta acción, exista dimensiones iguales en la superficie del bien inmueble demandado, pues existe casos en los que la superficie demanda puede hallarse sobrepuesta sobre el inmueble de propiedad del demandado abarcando la totalidad o una pequeña fracción de esta”
CONSIDERANDO IV:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
Del examen preciso y minucioso del recurso de casación se desprende que todos los reclamos confluyen en observar un solo tópico ligado a la errónea aplicación del art. 1545 del CC y la errónea valoración probatoria, alegando de manera reiterativa que no se cumplió con uno de los requisitos que establece la citada normativa, es decir que se trata del mismo bien inmueble, ya que, al tener antecedentes diferentes, no es posible precisar que exista una sobre posición
CONSIDERANDO IV:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
Del examen preciso y minucioso del recurso de casación se desprende que todos los reclamos confluyen en observar un solo tópico ligado a la errónea aplicación del art. 1545 del CC y la errónea valoración probatoria, alegando de manera reiterativa que no se cumplió con uno de los requisitos que establece la citada normativa, es decir que se trata del mismo bien inmueble, ya que, al tener antecedentes diferentes, no es posible precisar que exista una sobre posición
- Distrito: Oruro
- CONSIDERANDO I
- 2
- CONSIDERANDO II
- 3
- Contestación al recurso de casación
- Toda la prueba aportada por el demandante, ya sea documental o testifical no acredita que
- Por último, enfatiza que de la lectura del memorial de casación advirtiendo una insuficiencia legal
- CONSIDERANDO III
- Corresponde señalar el art
- La línea jurisprudencial asumida por este Tribunal, orientó en el Auto Supremo Nº 588/2014 de
- III.2. Del análisis de la sobreposición en la acción de mejor derecho propietario
- CONSIDERANDO IV
- Antes de ingresar al estudio del caso concreto, corresponde realizar algunas precisiones de carácter jurídico
- De acuerdo a las citadas reglas en el sub judice se evidencia que la causa
- Se regula honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berríos Albizu.
