Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0652/2019
Fecha: 14-Nov-2019
Auto de Vista
Auto de Vista
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I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
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El Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, pronunció la Sentencia Nº
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Auto de Vista
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En conocimiento de la Sentencia, Juan Carlos Daza Alborta interpuso recurso de apelación, de fs
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Notificado con el Auto de Vista, el demandado formuló recurso de casación, señalando lo siguiente
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No se consideró por parte del Tribunal de alzada, la confesión provocada de la parte
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Petitorio
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Expuestos así los argumentos del recurso de casación, se pasa a resolver el recurso, con
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Asimismo, la nulidad constituye una medida de última ratio, de tal modo que su aplicación
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Sobre este aspecto, Gonzalo Castellanos Trigo, en “Código de Procedimiento Civil: comentado, concordado, doctrina, jurisprudencia,
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En ese orden de ideas, el Tribunal de alzada al resolver una apelación debe inexcusablemente
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En autos, conforme se puede apreciar del Auto de Vista, el Tribunal de alzada, al
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Por lo cual, contrastando el recurso de apelación, de fs
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La motivación en las resoluciones judiciales emitidas en revisión de un fallo impugnado, constituye un
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Esta fundamentación y motivación, al que están compelidos los juzgadores, teniendo en cuenta que fundamentar
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Por ello, en las resolución de vista, debe especificarse necesariamente las determinaciones asumidas de manera
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En ese sentido, el art
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Toda resolución que determine derechos o implique obligaciones, debe contener una debida motivación y fundamentación,
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Conforme a estas consideraciones, se hace imperiosa la anulación de obrados para salvar esta situación
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El error cometido por el Tribunal de apelación no es excusable; advirtiéndose además, que este
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En cumplimiento a lo previsto en el art
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Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
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