Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0661/2019
Fecha: 14-Nov-2019
Auto de Vista
Auto de Vista
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Distrito:Chuquisaca
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Magistrado Relator:Dr. Esteban Miranda Terán
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Tramitado el proceso laboral de “Reincorporación laboral y pago de haberes devengados” incoado por Juan
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Auto de Vista
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En apelación interpuesta por el representante de la entidad demandada GAMS (fs
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II.- RECURSO DE CASACIÓN CONTESTACIÓN, ADMISIÓN
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En la forma
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En el fondo
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Por ello considera que al haberse aplicado al caso los arts
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b) Respecto del pago de los salarios devengados, que se ordenó su pago en el
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Es decir, el salario se cancela como retribución al trabajo efectivamente realizado, y sin embargo,
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Petitorio
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Contestación al recurso
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Doctrina aplicable al caso
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La Constitución Política del Estado, consagra el derecho al trabajo como un derecho fundamental, tal
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En ese sentido el DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, en su
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Los criterios descritos en torno al derecho al trabajo y la estabilidad laboral se encuentran
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Desvinculación laboral y prohibición de despido injustificado
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El parágrafo III del art
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A ese efecto el Convenio C-158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) “Sobre la
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Tal cual se dijo hasta aquí, el trabajador tiene el derecho de conservar su empleo
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Para que un despido pueda ser calificado como justificado dentro del espectro que la legislación
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Con lo expuesto, se debe admitir que un despido justificado, no necesariamente consulta con el
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Reincorporación
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Protegida como está la estabilidad laboral atribuyéndole la mayor duración posible, es el propio DS
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III.- Resolución del caso concreto
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Por esa razón es que se concluye que el argumento contenido en el recurso de
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Recurso de casación en el fondo
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b) Por consiguiente, respecto de la aplicación de los 233 de la CPE, 1 del
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Se advierte, conforme se relacionó precedentemente; que no es evidente que el actor estaría fuera
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c) Respecto de la presunta vulneración de los arts
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Regístrese, notifíquese y devuélvase.
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