El parágrafo III del art
El parágrafo III del art. 49 de la CPE, prescribe que “El Estado protegerá la estabilidad laboral. Se prohíbe el despido injustificado y toda forma de acoso laboral. La ley determinará las sanciones correspondientes”; en coherencia con ello, el DS Nº 28699, sobre los contratos laborales, en el párrafo onceavo de su parte considerativa ilustra que “la regla son los contratos laborales indefinidos; ya que la causa de despido debe estar debidamente justificada, fundamentada y comprobada en el marco del respeto a los derechos laborales vigentes en nuestro país”
- Distrito:Chuquisaca
- Magistrado Relator:Dr. Esteban Miranda Terán
- Tramitado el proceso laboral de “Reincorporación laboral y pago de haberes devengados” incoado por Juan
- Auto de Vista
- En apelación interpuesta por el representante de la entidad demandada GAMS (fs
- II.- RECURSO DE CASACIÓN CONTESTACIÓN, ADMISIÓN
- En la forma
- En el fondo
- Por ello considera que al haberse aplicado al caso los arts
- b) Respecto del pago de los salarios devengados, que se ordenó su pago en el
- Es decir, el salario se cancela como retribución al trabajo efectivamente realizado, y sin embargo,
- Petitorio
- Contestación al recurso
- Doctrina aplicable al caso
- La Constitución Política del Estado, consagra el derecho al trabajo como un derecho fundamental, tal
- En ese sentido el DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, en su
- Los criterios descritos en torno al derecho al trabajo y la estabilidad laboral se encuentran
- Desvinculación laboral y prohibición de despido injustificado
- El parágrafo III del art
- A ese efecto el Convenio C-158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) “Sobre la
- Tal cual se dijo hasta aquí, el trabajador tiene el derecho de conservar su empleo
- Para que un despido pueda ser calificado como justificado dentro del espectro que la legislación
- Con lo expuesto, se debe admitir que un despido justificado, no necesariamente consulta con el
- Reincorporación
- Protegida como está la estabilidad laboral atribuyéndole la mayor duración posible, es el propio DS
- III.- Resolución del caso concreto
- Por esa razón es que se concluye que el argumento contenido en el recurso de
- Recurso de casación en el fondo
- b) Por consiguiente, respecto de la aplicación de los 233 de la CPE, 1 del
- Se advierte, conforme se relacionó precedentemente; que no es evidente que el actor estaría fuera
- c) Respecto de la presunta vulneración de los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
