Auto Supremo AS/0674/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0674/2019

Fecha: 14-Nov-2019

Por último corresponde recordar, que respecto de la aplicación de las leyes en el tiempo

Por último corresponde recordar, que respecto de la aplicación de las leyes en el tiempo y el principio de irretroactividad, la Constitución Política del Estado, ha establecido en el art. 123 que: “La ley sólo dispone para lo venidero y no tendrá efecto retroactivo, excepto en materia laboral, cuando lo determine expresamente a favor de las trabajadoras y de los trabajadores; en materia penal, cuando beneficie a la imputada o al imputado; en materia de corrupción, para investigar, procesar y sancionar los delitos cometidos por servidores públicos contra los intereses del Estado; y en el resto de los casos señalados por la Constitución”