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    Auto Supremo AS/0678/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0678/2019

    Fecha: 14-Nov-2019

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    • I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Planteada la demanda coactiva fiscal por el Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba, y tramitado el
    • Sobre el cargo y monto N° 2, en calidad de deudor del Estado, la responsabilidad
    • Sobre el cargo y monto N° 3, en calidad de deudor al Estado, la responsabilidad
    • Auto de Vista
    • En conocimiento de la Sentencia, Gustavo Alejandro Vargas Arza (fs
    • Notificados con esta determinación, interpusieron recurso de casación en el fondo y en la forma
    • Los recursos de casación en el fondo y la forma de fs
    • Señala que la Sentencia no consideró y menos valoró los argumentos de la demanda de
    • Indica que conforme a la auditoria establecida en el informe N° EC/EP16/M06-C1 complementario al informe
    • El Informe Técnico N° 322/2013 de 5 de septiembre de 2013, elaborado por el Auditor
    • Reclama que el Auto de Vista impugnado concluye en forma errada al confirmar la Sentencia
    • Indica que existe una interpretación errónea del art
    • Manifiesta que los fundamentos del Auto de Vista N° 013/2018 se constató que no se
    • Señala que encontrándose los intereses del Estado y del Gobierno Autonomo Departamental de Cochabamba comprometidos
    • Petitorio
    • Solicita que se dicte resolución, casando parcialmente el Auto de Vista impugnado, con relación al
    • Señala como jurisprudencia vinculante las Sentencias Constitucionales Plurinacionales N° 0450/2012 de 29 de junio de,
    • Indicando que en cumplimiento al art
    • Señala que el Tribunal de alzada ha eludido exponer las razones y motivación de su
    • Indica que, conforme al bloque de jurisprudencia, la motivación y las razones de las resoluciones
    • Reclama que, intentando justificar el proceso de auditoria ejecutado por el órgano controlador, el Tribunal
    • Indica que la guía referida fue sustituida por el instructivo N° I/CI-014 en aplicación de
    • Indica que ni existe la más mínima posibilidad de prescindir del procedimiento de aclaración de
    • Señala que el informe de auditoría impugnado no constituye una verdad procesal para la determinación
    • Solicita que se dicte resolución anulando obrados hasta que se efectué un análisis en estricta
    • Dentro la exposición de los fundamentos de casación, el recurrente Alonso Camacho Peña efectúa fundamentos
    • Dentro el Recurso de Casación cursante a fs
    • Al respecto, de la lectura del Auto de Vista impugnado se constata que el Considerando
    • También reclama, que no se habría analizado el informe técnico de 5 de septiembre de
    • Reclamos que no se encuentran reflejados positiva o negativamente dentro de la fundamentación del Auto
    • Conforme a lo expuesto se establece que el Auto de Vista, no ha resuelto los
    • Por lo que al ser evidentes las acusaciones del recurso de casación en la forma,
    • El error cometido por el Tribunal de apelación no es excusable; por lo que, se
    • En cumplimiento a lo previsto en el art
    • Regístrese, comuníquese y cúmplase.-

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