Sin embargo, en atención a lo establecido en el art
Sin embargo, en atención a lo establecido en el art. 180-II de la CPE, con el objeto de dar respuesta hacemos el siguiente análisis:
El art. 4 del Decreto Supremo Nº 26189, 18 de mayo de 2001, establece entre las atribuciones de la Dirección de Pensiones de: “Suspender provisional o definitivamente la renta, dentro de la potestad de revisión establecida en normas que rigen al efecto”
El art. 4 del Decreto Supremo Nº 26189, 18 de mayo de 2001, establece entre las atribuciones de la Dirección de Pensiones de: “Suspender provisional o definitivamente la renta, dentro de la potestad de revisión establecida en normas que rigen al efecto”
- I. 1.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Mediante Resolución Nº 02966 de 06 de septiembre de 2016, la Comisión de Prestaciones del
- Que por fotocopia simple de Resolución N° 877/2015 de 26 de noviembre, el Juez de
- Que, mediante Resolución Nº 0002899 de 13 de octubre de 2017 cursante de p
- I.1.2. Resolución de la Comisión de Reclamación
- Ante esta circunstancia, la demandante interpuso recurso de reclamación en contra de la resolución aludida
- En grado de apelación interpuesto por la demandante de fs
- II.- FUNDAMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Luego de una relación acerca de las nomas en las que se sustenta la procedencia
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- II.1.- Petitorio
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, resuelva los impetrado
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Es así que la impetrante mediante memorial recurre de casación de acuerdo a los siguientes
- Nótese que en este punto, el recurso, no cumple con la fundamentación debida, que debe
- Respecto a este punto, la recurrente al igual que en el anterior acápite, no manifiesta
- Sin embargo, en atención a lo establecido en el art
- Por otro lado, el art
- En cuanto a la revisión que realizó el SENASIR al amparo de la disposición en
- Segundo, siguiendo con el análisis de dicho artículo, la propia norma establece que, revocada la
- En consecuencia este tribunal ha establecido que la suspensión de rentas que obedezcan a la
- IV.1.- Conclusión
- Por lo manifestado precedentemente, la potestad del Senasir para poder revisar de oficio o a
- Por todo lo expuesto, se concluye que el auto de vista recurrido, con similares argumentos,
- POR TANTO
- Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
