Que, del referido auto de vista, Gerónimo Díaz Quevedo, en representación de PIL Chuquisaca, interpuso
Que, del referido auto de vista, Gerónimo Díaz Quevedo, en representación de PIL Chuquisaca, interpuso recurso de casación de fs. 201 a 203, en el que se señaló el siguiente argumento:
II.- FUNDAMENTO DEL RECURSO DE CASACIÓN
II.- FUNDAMENTO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- I.1.- Sentencia
- Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza de Partido del Trabajo
- En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 074/2019 de 8 de febrero (fs
- Que, del referido auto de vista, Gerónimo Díaz Quevedo, en representación de PIL Chuquisaca, interpuso
- Luego de una relación acerca de las normas en las que se sustenta la procedencia
- II.1.- Petitorio
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación de fs
- Al respecto debemos establecer que la valoración de la prueba constituye una atribución privativa de
- IV.1. Conclusión
- Que, en el marco legal descrito, el recurso de casación carece de sustento jurídico para
- Con costas en aplicación del art. 223.2 del Código Procesal Civil
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
