De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Por Sentencia 29/2018 de 6 de julio (fs. 47 a 57), el Tribunal de Sentencia Segundo del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró a Ruth Rodríguez Maldonado, autora y culpable de la comisión del delito de Cohecho Pasivo Propio, previsto y sancionado por el art. 145 del CP, imponiendo la pena de tres años y seis meses de reclusión, más costas y pago de responsabilidad civil a favor del Estado y de la víctima. Asimismo, la declaró absuelta de pena y culpa de la comisión del delito de Concusión, tipificado por el art. 151 del CP.
Contra la mencionada Sentencia, la víctima Miguel Flores Adrián y la imputada Ruth Rodríguez Maldonado, formulan recursos de apelación restringida (fs. 63 a 64 y 69 a 78 vta.), resueltos por Auto de Vista 37/2019 de 12 de agosto, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, que declaró improcedentes los recursos planteados, confirmando en consecuencia la sentencia impugnada.
Por diligencia de 11 de septiembre de 2019 (fs. 134), fue notificada la recurrente con el referido Auto de Vista; y, el 18 del mismo mes y año, interpuso el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad
- Por memorial presentado el 18 de septiembre de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente agravio
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que la recurrente fue notificada con el Auto
- En ese sentido, se advierte que la recurrente denuncia que en su recurso de apelación
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
