La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
Con relación a la temática planteada la recurrente hace referencia a que en su recurso de apelación restringida hubiera invocado los Autos Supremos 017/2014-RRC de 24 de marzo, 218/2014-RRC de 4 de junio, 119/2017-RRC de 20 de febrero, 67/2013-RRC de 11 de marzo y las Sentencias Constitucionales 0129/2004-R de 28 de enero, 1173/2005-R de 26 de septiembre, a efectos únicamente de sustentar los defectos de la Sentencia; sin embargo, en la argumentación respecto de la indebida fundamentación del Auto de Vista, no invoca algún precedente contradictorio; por lo que menos, precisa la contradicción en la que hubiera incurrido el Auto de Vista respecto de algún precedente, situación que no puede suplida de oficio y que imposibilitan a este Tribunal ingresar al análisis del fondo de lo pretendido, aspecto que sin duda hace ver el incumplimiento de los arts. 416 y 417 del CPP, resultando el recurso intentado inadmisible.
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Ruth Rodríguez Maldonado, de fs. 148 a 159 vta
- Por memorial presentado el 18 de septiembre de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente agravio
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que la recurrente fue notificada con el Auto
- En ese sentido, se advierte que la recurrente denuncia que en su recurso de apelación
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
