Cuando el legislador estableció la procedencia del recurso de casación contra Autos de Vista dictados
Cuando el legislador estableció la procedencia del recurso de casación contra Autos de Vista dictados en procesos ordinarios, su intencionalidad fue que este máximo Tribunal de Justicia uniforme jurisprudencia de acuerdo a las atribuciones establecidas en el art. 42.I num. 3) de la Ley Nº 025, en aquellos casos de trascendencia a nivel nacional, entonces bajo esa directriz, el recurso de casación únicamente procederá contra Autos de Vista que resolvieren un Auto definitivo, Autos de Vista que resolvieren sentencias y en los casos expresamente establecidos por ley, siendo viable únicamente dentro de un proceso ordinario y no así para otros casos
- Partes: El Diario S
- Expediente: LP-133-19-Com
- Distrito: La Paz
- El Juez Público Civil y Comercial N° 9 de La Paz, emitió la Resolución N°
- Contra la referida determinación El Diario S
- CONSIDERANDO II
- CONSIDERANDO III
- Con relación a la impugnación el art
- Cuando el legislador estableció la procedencia del recurso de casación contra Autos de Vista dictados
- CONSIDERANDO IV
- El presente caso deviene de la Resolución N° 379/2017 de 11 de julio, que de
- Al asumirse la extinción del proceso, en caso de impugnación como ocurre en el presente
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución
- De conformidad al art
- Regístrese y devuélvase.
