Contra la referida determinación Martha Muñoz Claros, presentó recurso de casación cursante de fs
Contra la referida determinación Martha Muñoz Claros, presentó recurso de casación cursante de fs. 43 a 48, cuya concesión fue denegada por Auto de 01 de octubre de 2019 a fs. 52 y vta., expuso que conforme el art. 399.II de la Ley Nº 603, “El Tribunal negará directamente la concesión del recurso cuando: (…) b) la resolución impugnada no admita recurso de casación”, además señaló que la sentencia fue dictada dentro de un proceso de unión libre y conforme a la doctrina aplicable establecida en el Auto Supremo Nº 759/2019-RI de 05 de agosto la citada resolución no es susceptible de ser recurrida en casación, correspondiendo su rechazo
- Partes: Martha Muñoz Claros c/ Vocales de la Sala Familiar, Niñez y Adolescencia del Tribunal
- Expediente: CB-82-19-Com
- Distrito: Cochabamba
- VISTOS: El recurso de compulsa de fs
- Contra la referida determinación Martha Muñoz Claros, presentó recurso de casación cursante de fs
- CONSIDERANDO II
- Solicitó, se declare la legalidad del recurso de compulsa y se conceda el recurso de
- Al respecto la Sentencia Constitucional Nº 0662/2018-S4 de 16 de octubre señaló que: “En el
- Las conclusiones precedentes evidencian que los vocales ahora demandados infringieron el debido proceso que engloba
- CONSIDERANDO IV.
- En el transcurso del proceso, se promulgó el Código de las Familias y del Proceso
- Asimismo, se debe considerar que al asimilar el proceso de comprobación de unión libre, a
- En ese entendido se concluye que la decisión del Tribunal de alzada al negar la
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
