VISTOS: El recurso de compulsa de fs
VISTOS: El recurso de compulsa de fs. 55 a 56, interpuesto por Martha Muñoz Claros, contra el Auto de 01 de octubre de 2019 cursante a fs. 52 y vta., pronunciado por la Sala Familiar, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro el proceso ordinario de reconocimiento de unión libre seguido por la compulsante contra Sixto Anachuri Subia y otros, todo lo inherente; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL TESTIMONIO DE COMPULSA
La Juez Público de Familia N° 12 de Cochabamba pronunció la Sentencia de 02 de agosto de 2017 cursante de fs. 1 a 6 vta., que declaró PROBADA en parte la demanda de comprobación de unión libre y reconoció judicialmente la unión libre entre Martha Muñoz Claros y Edmundo Anachuri Dávalos por el tiempo transcurrido de 01 de enero de 2002 hasta el 30 de septiembre de 2012, solo con respecto a los efectos en las relaciones personales así como a las patrimoniales, conforme dispone el art. 172 del Código de Familia, ante la interposición de recurso de apelación, dio lugar a que la Sala Familiar, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Cochabamba, pronuncie el Auto de Vista de 01 de marzo de 2019 que REVOCÓ totalmente la sentencia y declaró IMPROBADA la demanda de reconocimiento de unión libre. Sin costas por la revocatoria
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL TESTIMONIO DE COMPULSA
La Juez Público de Familia N° 12 de Cochabamba pronunció la Sentencia de 02 de agosto de 2017 cursante de fs. 1 a 6 vta., que declaró PROBADA en parte la demanda de comprobación de unión libre y reconoció judicialmente la unión libre entre Martha Muñoz Claros y Edmundo Anachuri Dávalos por el tiempo transcurrido de 01 de enero de 2002 hasta el 30 de septiembre de 2012, solo con respecto a los efectos en las relaciones personales así como a las patrimoniales, conforme dispone el art. 172 del Código de Familia, ante la interposición de recurso de apelación, dio lugar a que la Sala Familiar, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Cochabamba, pronuncie el Auto de Vista de 01 de marzo de 2019 que REVOCÓ totalmente la sentencia y declaró IMPROBADA la demanda de reconocimiento de unión libre. Sin costas por la revocatoria
- Partes: Martha Muñoz Claros c/ Vocales de la Sala Familiar, Niñez y Adolescencia del Tribunal
- Expediente: CB-82-19-Com
- Distrito: Cochabamba
- VISTOS: El recurso de compulsa de fs
- Contra la referida determinación Martha Muñoz Claros, presentó recurso de casación cursante de fs
- CONSIDERANDO II
- Solicitó, se declare la legalidad del recurso de compulsa y se conceda el recurso de
- Al respecto la Sentencia Constitucional Nº 0662/2018-S4 de 16 de octubre señaló que: “En el
- Las conclusiones precedentes evidencian que los vocales ahora demandados infringieron el debido proceso que engloba
- CONSIDERANDO IV.
- En el transcurso del proceso, se promulgó el Código de las Familias y del Proceso
- Asimismo, se debe considerar que al asimilar el proceso de comprobación de unión libre, a
- En ese entendido se concluye que la decisión del Tribunal de alzada al negar la
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
