3. De la legitimación procesal
De la revisión de antecedentes se tiene que, la recurrente cumplió con el requisito del plazo establecido para la interposición del recurso de casación; habida cuenta que fue notificada el 19 de agosto de 2019 con el Auto de Vista N° 237/2019 de 5 de julio, y presentó el recurso de casación de fs. 184 a 190 vta., el 23 de agosto del año en curso; tal cual cursa en el cargo de recepción suscrito por la secretaria de sala; es decir en vigencia del plazo señalado por el art. 273 del Código Procesal Civil.
3. De la legitimación procesal
3. De la legitimación procesal
- Partes: Dora Rojas Boyan c/ Manuel Alfonso Rojas Boyan
- Proceso: Reivindicación y devolución de ambientes
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Asimismo, de acuerdo a los art
- Concluyó expresando que, no se litiga sobre ningún aspecto que afecte al testamento abierto dejado
- 1. De la resolución impugnada. Análisis de impugnabilidad
- 2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- 4. Del contenido del recurso de casación
- Del recurso de casación de Dora Rojas Boyán, se extractan algunos de los siguientes agravios
- a) Acusó la vulneración del art
- En el fondo
- b) Denunció que el Tribunal de alzada interpretó inadecuadamente la normativa citada en su resolución,
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
