Así planteados los agravios por la empresa recurrente, se concluye que, en la forma, ha
Concluyó, solicitando se case el Auto de Vista y se declare improbada la excepción por preclusión de la oportunidad de interponer la prescripción.
Así planteados los agravios por la empresa recurrente, se concluye que, en la forma, ha cumplido con la fundamentación exigida por los arts. 271. II. y 274.I.núm. 2 y 3 del Código Procesal Civil
Así planteados los agravios por la empresa recurrente, se concluye que, en la forma, ha cumplido con la fundamentación exigida por los arts. 271. II. y 274.I.núm. 2 y 3 del Código Procesal Civil
- Partes: Granja Avícola Integral Sofía. Ltda. c/ Empresa Constructora Unipersonal C.E.V.B
- Proceso: Resolución de contratos y pago de daños y perjuicios
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
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- ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 1. De la resolución impugnada. Análisis de impugnabilidad
- 2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- 4. Del contenido del recurso de casación
- Del recurso de casación se extracta los siguientes agravios
- b) Refirió que la excepción de prescripción no debió ser admitida, ya que el argumento
- c) Sostuvo la falta de consideración en alzada sobre la jurisprudencia que establece que la
- Así planteados los agravios por la empresa recurrente, se concluye que, en la forma, ha
- En consecuencia, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
