VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
Distrito: Santa Cruz.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 255 a 259, presentado por la Granja Avícola Integral Sofía Ltda., legalmente representada por Mónica Justiniano Gutiérrez y Sergio Mauricio Peter Walzer Higueras, impugnando el Auto de Vista N° 64/2019 de18 de julio que cursa de fs. 252 a 253 vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso ordinario de resolución de contratos y pago de daños y perjuicios, interpuesto por la empresa recurrente contra la Empresa Constructora Unipersonal C.E.V.B. representado legalmente por Carlos Enrique Vargas Bazán, Auto de concesión Nº 57/19 de 21 de octubre de 2019 cursante a fs. 264; todo lo inherente; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 255 a 259, presentado por la Granja Avícola Integral Sofía Ltda., legalmente representada por Mónica Justiniano Gutiérrez y Sergio Mauricio Peter Walzer Higueras, impugnando el Auto de Vista N° 64/2019 de18 de julio que cursa de fs. 252 a 253 vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso ordinario de resolución de contratos y pago de daños y perjuicios, interpuesto por la empresa recurrente contra la Empresa Constructora Unipersonal C.E.V.B. representado legalmente por Carlos Enrique Vargas Bazán, Auto de concesión Nº 57/19 de 21 de octubre de 2019 cursante a fs. 264; todo lo inherente; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Partes: Granja Avícola Integral Sofía. Ltda. c/ Empresa Constructora Unipersonal C.E.V.B
- Proceso: Resolución de contratos y pago de daños y perjuicios
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- 2
- ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 1. De la resolución impugnada. Análisis de impugnabilidad
- 2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- 4. Del contenido del recurso de casación
- Del recurso de casación se extracta los siguientes agravios
- b) Refirió que la excepción de prescripción no debió ser admitida, ya que el argumento
- c) Sostuvo la falta de consideración en alzada sobre la jurisprudencia que establece que la
- Así planteados los agravios por la empresa recurrente, se concluye que, en la forma, ha
- En consecuencia, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
