Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación a fs
2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación a fs. 1098, se observa que la recurrente fue notificada el 24 de septiembre de 2019 y como su recurso de casación fue presentado el 08 de octubre del año en curso, tal cual se observa del timbre electrónico cursante a fs. 1109, haciendo un cómputo se infiere que el recurso de casación objeto de la presente resolución, fue interpuesto dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir dentro de los diez días hábiles
Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación a fs. 1098, se observa que la recurrente fue notificada el 24 de septiembre de 2019 y como su recurso de casación fue presentado el 08 de octubre del año en curso, tal cual se observa del timbre electrónico cursante a fs. 1109, haciendo un cómputo se infiere que el recurso de casación objeto de la presente resolución, fue interpuesto dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir dentro de los diez días hábiles
- Auto Supremo: 1191/2019-RA
- Expediente:B-16-19-S
- Proceso: Usucapión decenal o extraordinaria
- Distrito: Beni
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista Nº 275/2019 de 02 de septiembre, cursante de fs
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación a fs
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que la recurrente, al margen de identificar debidamente la
- a)Que el auto de vista carece en lo absoluto de una fundamentación y argumentación legal
- b)Que el auto de vista no tomó en cuenta la jurisprudencia que menciona, ya que
- De esta manera, solicita que se emita un Auto Supremo que case o anule el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
