POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
En consecuencia, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y resolución conforme a derecho.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I núm. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación cursante de fs. 1109 a 1118 vta., interpuesto por Fanny Veracruz Rodríguez Vera contra el Auto de Vista Nº 275/2019 de 02 de septiembre, cursante de fs. 1094 a 1097, pronunciado por la Sala Civil Mixta de Familia, Niñez o Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Beni
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I núm. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación cursante de fs. 1109 a 1118 vta., interpuesto por Fanny Veracruz Rodríguez Vera contra el Auto de Vista Nº 275/2019 de 02 de septiembre, cursante de fs. 1094 a 1097, pronunciado por la Sala Civil Mixta de Familia, Niñez o Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Beni
- Auto Supremo: 1191/2019-RA
- Expediente:B-16-19-S
- Proceso: Usucapión decenal o extraordinaria
- Distrito: Beni
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista Nº 275/2019 de 02 de septiembre, cursante de fs
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación a fs
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que la recurrente, al margen de identificar debidamente la
- a)Que el auto de vista carece en lo absoluto de una fundamentación y argumentación legal
- b)Que el auto de vista no tomó en cuenta la jurisprudencia que menciona, ya que
- De esta manera, solicita que se emita un Auto Supremo que case o anule el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
