Auto Supremo AS/0737/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0737/2019

Fecha: 02-Dic-2019

Por ello, considera que al haberse aplicado al caso los arts

Por ello, considera que al haberse aplicado al caso los arts. 1 y 2 de la Ley Nº 321, considerando a la actora sujeta a las previsiones de la Ley General del Trabajo, se ha vulnerado el debido proceso por incorrecta aplicación de estas disposiciones; pues realizando una interpretación literal, sistemática y teleológica de estas normas, se prevé que se incorporaron, sin carácter retroactivo, al ámbito de la aplicación de la Ley General del Trabajo, a los trabajadores asalariados permanentes, norma que es de aplicación preferente por ser especial; empero en el caso, contrastando los hechos y las normas citadas, se advierte una ausencia de motivación para aplicarlas, porque la demandante no es una servidora pública permanente; sino profesional, evidenciando vulneración al debido proceso, citando jurisprudencia sobre el particular