a) Reclamó error de hecho, en conformidad al art
a) Reclamó error de hecho, en conformidad al art. 271 num. 1) del Código Procesal Civil, puesto que el auto de vista impugnado no resolvió una de las pretensiones principales de la demanda, respecto a emitir un precio razonable al periodo sin régimen de contrato, ya que el documento cursante a fs. 105 deja constancia que queda resuelto el contrato, por lo que no debieron expresar la vigencia de los mismos, agotando y definiendo dos veces una situación jurídica
- Auto Supremo: 1244/2019-RA
- Partes: La empresa GENEX S
- Proceso: Resolución de contrato, pago de cánones de arrendamientos devengados, pago de daños y perjuicios,
- VISTOS: Los recursos de casación de fs
- 1. De la resolución impugnada. Análisis de impugnabilidad
- 2. Del plazo y cómputo de presentación de los recursos de casación
- En lo que respecta al recurso de casación de Silvia Soraya Mercado Romero se tiene
- Recursos de casación de Víctor Hugo Condorcett Murillo y Lily Janeth Fiorilo de Condorcett
- 3. De la legitimación procesal
- 4. Del contenido de los recursos de casación
- Se tienen tres recursos de casación presentados, de los cuales se extractan algunos de los
- a)Acusó que el auto de vista vulneró el art
- Petitorio
- Recurso de casación de Víctor Hugo Condorcett Murillo
- a) Reclamó error de hecho, en conformidad al art
- c) Expresó que el Tribunal de revisión conculcó el art
- Asimismo, la declaración de enriquecimiento ilícito por la inmoralidad del contrato con el consiguiente se
- Recurso de casación de Lily Janeth Fiorilo de Condorcett
- a) Expresó que el auto de vista vulneró el art
- Solicitó se declare probada la demanda reconvencional en todas sus partes, respecto al pago racional
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Llama la atención la demora producida en la remisión de los recursos de casación al
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
