Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista) el recurrente conforme se tiene de la papeleta
Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista) el recurrente conforme se tiene de la papeleta de notificación a fs. 249 fue notificado el 21 de octubre de 2019, y al haber presentado su recurso de casación el 25 de noviembre del mismo año, tal cual se advierte del timbre electrónico a fs. 250, tomando en cuenta la suspensión de plazos procesales por los conflictos sociales suscitados se infiere que el recurso fue presentado dentro del plazo previsto en la normativa procesal civil
- Auto Supremo: 1255/2019-RA
- Expediente: CH-68-19-S
- Distrito: Chuquisaca
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- 1. De la resolución impugnada
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista) el recurrente conforme se tiene de la papeleta
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que el recurrente, al margen de identificar debidamente la resolución
- 4. Del contenido del recurso de casación
- De la revisión del recurso de casación cursante de fs
- c)La violación al principio del debido proceso en sus elementos de objetividad y verdad material
- d)Que el Tribunal de alzada no consideró la previsión contenida en el art
- De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que anule o case el
- Por las consideraciones expuestas, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo en
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
