b)Acusó que el Tribunal de alzada al confirmar la sentencia apelada no tomó en cuenta
b)Acusó que el Tribunal de alzada al confirmar la sentencia apelada no tomó en cuenta el art. 149 del Código Civil y los 40 años de posesión quieta, pacífica y continua de la recurrente
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II.3. De la legitimación procesal
- De la revisión del recurso de casación de fs
- c)Atribuyó violación del art
- a)El Auto de Vista vulneró los arts
- b)Acusó que el Tribunal de alzada al confirmar la sentencia apelada no tomó en cuenta
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
