De la revisión del recurso de casación de fs
En el caso de autos, la recurrente, tiene legitimación procesal en razón de que el Auto de Vista confirmó la sentencia que declaró probada la demanda principal de reivindicación, desocupación y entrega de inmueble.
II.4. Del contenido del recurso de casación.
De la revisión del recurso de casación de fs. 553 a 556, presentado por Urandura Yaguacanga mediante su representante legal Ives Padilla Balcazar, se desprende que la recurrente expone como reclamos, entre otros, los siguientes:
a)Sostuvo que el Auto de Vista no se circunscribió a los puntos resueltos por el inferior y que fueron objeto de apelación, vulnerando el art. 265.I del Código Procesal Civil (principio de pertinencia)
II.4. Del contenido del recurso de casación.
De la revisión del recurso de casación de fs. 553 a 556, presentado por Urandura Yaguacanga mediante su representante legal Ives Padilla Balcazar, se desprende que la recurrente expone como reclamos, entre otros, los siguientes:
a)Sostuvo que el Auto de Vista no se circunscribió a los puntos resueltos por el inferior y que fueron objeto de apelación, vulnerando el art. 265.I del Código Procesal Civil (principio de pertinencia)
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II.3. De la legitimación procesal
- De la revisión del recurso de casación de fs
- c)Atribuyó violación del art
- a)El Auto de Vista vulneró los arts
- b)Acusó que el Tribunal de alzada al confirmar la sentencia apelada no tomó en cuenta
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
