Auto Supremo AS/0033/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0033/2019-RA

Fecha: 01-Feb-2019

En el caso de los motivos primero y segundo del memorial de casación, los requisitos


En el caso de los motivos primero y segundo del memorial de casación, los requisitos contemplados por los arts. 416 y ss. del CPP, no fueron cumplidos, pues si bien se hace referencia a los Auto Supremos 435/2014 de 2 de septiembre, 021/2012 de 9 de febrero, 29/2012 de 23 de febrero, 34/2018-RA de 25 de noviembre, 093/2018-RA de 26 de febrero entre otros, su sola presencia e incluso su transliteración en el memorial, a fines del recurso de casación es insuficiente, por cuanto la norma obliga al que recurre en esta vía argumentar una situación de hecho similar a partir de la que se entienda existe contradicción entre un fallo emitido con anterioridad al que se recurre, sin que se haya señalado cuál fuese la situación de hecho similar que vincule al citado precedente, con el sentido jurídico que le asigna el Auto de Vista recurrido, sea por haberse aplicado normas distintas o una misma norma con diverso alcance; no bastando, conforme el texto del memorial, la transcripción de un fragmento de doctrina legal aplicable, seguido de una afirmación taxativa de incumplimiento de parte del Auto de Vista impugnado. Como se tiene anotado previamente, el argumento de admisibilidad del recurso de casación, no podría estimarse a partir de subrayados o uso de tipo de fuentes que hagan llamativa la lectura, en todo caso, la argumentación, más allá de cualquier formalismo o técnica de escritura, debe transmitir un mensaje, un problema que se pretenda ser resuelto, conllevando que una explicación razonable de qué sucedió es la esperada, y como se tiene descrito en autos es inexistente