CONSIDERANDO I: Luis Enrique Zurita Suarez, al amparo de los arts
CONSIDERANDO I: Luis Enrique Zurita Suarez, al amparo de los arts. 552-509 del CPC, se apersona a este Supremo Tribunal de Justicia, planteando demanda de Homologación del Acta de Mediación, con el siguiente argumento: señala que producto de una relación con Marycruz Pey Prado, procrearon a Sebastián Zurita Pey, inscrito en el Registro Civil de Iquique, y al existir diferencias que no podían ser resueltas decidieron separarse, suscribiendo un Acta de Medicación donde consignan la división de los bienes y la Guarda del menor a favor del demandante, otorgando el Juez de Familia de Iquique, el valor de Sentencia Ejecutoriada por el Auto de 2 de febrero de 2018
- AUTO SUPREMO: 33/2019
- FECHA: Sucre, 20 de febrero de 2019
- EXPEDIENTE: 44/2018
- PROCESO : Homologación de Sentencia
- PARTES: Luis Enrique Zurita Suárez contra Maricruz Pey Prado
- MAGISTRADO TRAMITADOR: Juan Carlos Berrios Albizu
- VISTOS EN SALA PLENA: El Acta de Mediación de 30 de enero de 2018, suscrito
- CONSIDERANDO I: Luis Enrique Zurita Suarez, al amparo de los arts
- Admitida la demanda por decreto de 2 de agosto de 2018 (fs
- CONSIDERANDO II: La finalidad de la solicitud de homologación presentada por el impetrante, es otorgarle
- Ahora bien, toda vez que el objetivo de la demanda, es que el Acta de
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- No interviene el Magistrado Olvis Egüez Oliva por encontrarse en comisión de viaje oficial
- Regístrese, notifíquese, archívese
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