a) Errónea interpretación y violación de los arts
De la revisión del recurso de casación, se observa que Beltina Menacho Vda. de Quiroga como tutora legal de Luis Fernando López Quiroga, en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusa:
a) Errónea interpretación y violación de los arts. 554 inc. 3), 555 y 556.II del Código Civil, además de los arts. 134, 136 y 145 del Código Procesal Civil en cuanto se refiere a la inadecuada valoración de las pruebas aportadas por la parte demandante, toda vez que en primera instancia habría aportado pruebas idóneas que no recibieron valor legal alguno por el Juez A quo, como la declaratoria de interdicción que se sustanció en el Juzgado Quinto Familiar de La Paz, proceso en el cual se habría producido suficiente prueba que acreditaría la incapacidad plena de Fernando Luis López Quiroga, como la pericial que es considerada como prueba esencial para la declaración de interdicción de una persona
a) Errónea interpretación y violación de los arts. 554 inc. 3), 555 y 556.II del Código Civil, además de los arts. 134, 136 y 145 del Código Procesal Civil en cuanto se refiere a la inadecuada valoración de las pruebas aportadas por la parte demandante, toda vez que en primera instancia habría aportado pruebas idóneas que no recibieron valor legal alguno por el Juez A quo, como la declaratoria de interdicción que se sustanció en el Juzgado Quinto Familiar de La Paz, proceso en el cual se habría producido suficiente prueba que acreditaría la incapacidad plena de Fernando Luis López Quiroga, como la pericial que es considerada como prueba esencial para la declaración de interdicción de una persona
- Expediente: LP-10-19-S
- Quiroga c/Marco Antonio
- registro
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- CONSIDERANDO II
- 1. De la resolución impugnada
- Del análisis del Auto de Vista Nº 727/2018 de fecha 26 de octubre que cursa
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución de alzada (Auto de Vista), conforme se tiene de la papeleta de
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que la recurrente al margen de identificar debidamente la resolución
- 4. Del contenido del recurso de casación
- a) Errónea interpretación y violación de los arts
- b) Considera que el proceso de interdicción citado supra, así como las pruebas detalladas en
- Bajo estos presupuestos que, entre otros, se encuentran inmersos en el recurso de casación, la
- Por lo expuesto, se deduce que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo en consecuencia
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
