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    Auto Supremo AS/0079/2019-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0079/2019-RA

    Fecha: 20-Feb-2019

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    • Por memorial presentado el 6 de diciembre de 2018, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Por diligencia de 30 de noviembre de 2018 (fs
    • II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • Haciendo referencia en lo pertinente a derechos constitucionales, disposiciones contenidas en convenios y tratados internacionales;
    • Invoca en calidad de precedentes contradictorios los Autos Supremos 512 de 11 de octubre de
    • El Tribunal de alzada a tiempo de resolver el defecto de Sentencia contenido en el
    • Asimismo cita –según lo transcrito-, doctrina prevista en los Autos Supremos 89/2013 de 28
    • Hace también referencia a la jurisprudencia contenida en las Sentencias Constitucionales 001/2000 de 10 de
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
    • ii)  Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • iii)  Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • En cuanto al argumento traído como primer motivo de casación, se advierte que en síntesis
    • Del segundo motivo identificado, en el cual se denuncia revalorización probatoria incurrida en alzada, se
    • Similar criterio debe ser asumido con relación al tercer motivo, en el cual se acusa
    • Asimismo, si bien la recurrente denuncia la vulneración de los principios de legalidad, inmediación, verdad
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque

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