A pesar de aquello, se evidencia que la parte recurrente reclama la vulneración de su
A pesar de aquello, se evidencia que la parte recurrente reclama la vulneración de su derecho a la motivación; al estar ante un posible escenario de flexibilización, es preciso revisar si se cumple con los requisitos de admisibilidad y permisibilidad para activar el recurso de casación ante la denuncia de defectos absolutos adoptada por este Tribunal. Pues se evidencia que el recurrente proveyó los antecedentes de hecho generadores del recurso (el Tribunal de alzada se limitó únicamente a la transcripción de los agravios y a la transcripción de fragmentos de la sentencia); además, de precisar el derecho vulnerado o restringido; también, detalla con precisión en qué consistente la restricción o disminución del derecho; y, explica el resultado dañoso emergente del defecto (vulneró su derecho a la motivación, limitándose únicamente a la transcripción de los agravios y a la transcripción de fragmentos de la sentencia, incumpliendo el art. 124 del CPP). Por lo que se concluye, que la parte recurrente cumplió las exigencias requeridas para flexibilizar los requisitos de admisibilidad del recurso de casación que permite abrir excepcionalmente la competencia, por lo tanto resulta admisible para su consideración de fondo
- Por memorial presentado el 3 de diciembre de 2018, cursante de fs
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de Autos se advierte que la parte recurrente fue notificada con el
- En cuanto al primer motivo, el recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado, incurre
- Referente a lo anterior, este Tribunal Supremo constata en el presente motivo la parte recurrente
- Por otro lado, como un segundo motivo, la parte recurrente reclama que el Auto de
- Al respecto, se establece que en el presente motivo la parte recurrente no invocó precedentes
- A pesar de aquello, se evidencia que la parte recurrente reclama la vulneración de su
- Finalmente, como un tercer motivo, denuncia que el Auto de Vista impugnado es incoherente, generando
- Al respecto se evidencia que invocó en calidad de precedentes contradictorios a los Autos Supremos
- FDO
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
