Auto Supremo AS/0086/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0086/2019-RA

Fecha: 20-Feb-2019

El art


El recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado vulneró su derecho a la motivación, limitándose únicamente a la transcripción de los agravios y a la transcripción de fragmentos de la sentencia, incumpliendo el art. 124 del Código de Procedimiento Penal (CPP).

Además, refiere la parte recurrente que el Auto de Vista impugnado es incoherente al señalar: “…no ha incurrido en inobservancia de la ley sustantiva conforme se denuncia, correspondiendo en tal merito declarar con lugar al agravio…”, generando confusión a la hora de entender el entendimiento del Tribunal de alzada. Invoca en calidad de precedentes contradictorios a los Autos Supremos 340 de 28 de agosto de 2006, 248/2012-RRC de 10 de octubre y 60/2013 de 7 de marzo.

III.REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana de Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP