Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la papeleta de notificación
Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la papeleta de notificación de fs. 166, se observa que la parte demandada, ahora recurrente, fue notificada en fecha 21 de noviembre de 2018, y como el recurso de casación fue presentado en fecha 31 de diciembre de 2018, tal cual se observa del sello de cargo de recepción cursante a fs. 174 vta., haciendo un cómputo se infiere que el recurso de casación objeto de la presente resolución, fue interpuesto dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir dentro de los 10 días hábiles
- Sánchez
- CONSIDERANDO I
- 3
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista N° 324/2018 de fecha 05 de noviembre, cursante de
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la papeleta de notificación
- 3. De la Legitimación procesal
- De igual forma, se colige que los recurrentes, al margen de identificar debidamente la
- 4. Del contenido del recurso de casación
- a) Que el Auto de Vista carece de motivación suficiente, violando el art
- c) Acusa que el Auto de Vista es infra petita ya que no se pronunció
- De esta manera, solicita la emisión de un auto supremo que anule obrados hasta el
- En consecuencia, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
