No siendo excusable, se impone una multa de un (1) día de haber, para cada
No siendo excusable, se impone una multa de un (1) día de haber, para cada uno de los Vocales que suscribieron el Auto de Vista recurrido, que deberá ser descontado de sus haberes por habilitación
- CONSIDERANDO II
- Bajo estas premisas, es innegable que la falta de consideración del recurso de apelación
- Es importante señalar que el Tribunal Ad quem al momento de emitir su resolución, consideraron
- En consecuencia, al haberse incumplido normas procesales de orden público y cumplimiento obligatorio, corresponde resolver
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- No siendo excusable, se impone una multa de un (1) día de haber, para cada
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
