Finalmente, la Sala no puede dejar de mencionar las falencias notorias en la técnica recursiva
Al respecto, analizados los argumentos traídos en casación, nuevamente se evidencia que los recurrentes realizan una serie de argumentaciones dirigidas contra la Sentencia, tratando de retrotraer etapas, sin tomar en cuenta que el Tribunal de alzada ya resolvió los agravios denunciados por los recurrentes y cuya actuación en todo caso debió ser impugnada conforme las previsiones del art. 416 del CPP, en consideración que son los Autos de Vista y no las Sentencias las resoluciones judiciales recurribles a través de la casación conforme las reblas de impugnabilidad objetiva; lo que a su vez genera el incumplimiento del requisito previsto en el art. 417 del CPP, en sentido que no identifican con precisión la supuesta contradicción incurrida por el Tribunal de apelación, con los precedentes invocados que además no fueron presentados en su apelación restringida, deviniendo este motivo en inadmisible.
Finalmente, la Sala no puede dejar de mencionar las falencias notorias en la técnica recursiva al no señalarse que se está presentando recurso de casación propiamente dicho, tampoco se inserta las normas procesales que sustenten su formulación; sin embargo, contrariamente los recurrentes señalan que se estarían dando por notificados con un supuesto recurso de casación de la parte querellante, dando a entender que se trataría de una contestación y no de un recurso casacional
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del presente recurso de casación interpuesto, se extrae los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- En cuanto al primer motivo traído en casación, los recurrentes ratifican su denuncia de que
- Con relación al segundo motivo denunciado, sostienen que la Sentencia condenatoria incurrió en errónea valoración
- Finalmente, la Sala no puede dejar de mencionar las falencias notorias en la técnica recursiva
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
