De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
La parte recurrente denuncia que el acusado presentó la subsanación de su recurso de apelación restringida; empero, incumplió nuevamente con los requisitos del art. 408 del Código de Procedimiento Penal (CPP). Además señala que el acusado alega la vulneración del debido proceso; sin embargo no señaló cuáles son los elementos constitutivos del debido proceso fueron vulnerados y tampoco indicó cual es la aplicación que se pretende, por lo que el Auto de Vista impugnado sería una resolución ultra petita, además, no consta que el señalado apelante haya reclamado el saneamiento en juicio oral respecto a las pruebas supuestamente mal valoradas. Invocando en calidad de precedente contradictorio al Auto Supremo 311/2015-RRC de 20 de mayo.
Por otro lado, se aduce que el acusado de manera maliciosa amplió sus fundamentos y derechos en su memorial de subsanación al recurso de apelación restringida, transgrediéndose lo establecido por el art. 408 última parte del CPP, y el Tribunal de alzada al admitir la referida subsanación no dio cumplimiento a los arts. 407 y 408 del CPP.
Acusa que el Tribunal de alzada actuó de manera ultra petita, además, de inobservar lo que señala el art. 408 del CPP; toda vez, que de la revisión del memorial de apelación restringida y su subsanación, se puede advertir que no efectuó la solicitud de fundamentación oral; empero, se señaló audiencia a efectos de que fundamente de manera oral su recurso y tampoco se notificó a la recurrente. Invoca los Autos Supremos 304/2016, 11/2012 de 16 de febrero y 485/2018-RRC de 6 de julio, en calidad de precedentes contradictorios
- Por memorial presentado el 4 de enero de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Por diligencia de 27 de diciembre de 2018 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Finalmente, se denuncia que el Auto de Vista impugnado carece de una fundamentación jurídica ya
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En el caso de autos, se establece que el 27 de diciembre de 2018, fue
- A los efectos de resolver sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del recurso de casación sujeto
- Es así, que respecto a la legitimación activa para impugnar una resolución judicial, el Auto
- En el caso de autos, se evidencia que la propia recurrente en el memorial de
- Por otro lado, si bien se le ha notificado a la entidad recurrente con el
- Por todo lo expuesto y en el caso específico, concluimos que la parte recurrente no
- En consecuencia se concluye, que la parte recurrente al no ser parte del proceso, el
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
