Auto Supremo AS/0144/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0144/2019

Fecha: 19-Mar-2019

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4.- Se establece que COSSMIL es una institución y no así una corporación, por lo que no corresponde el pago de primas, sin embargo, se desconoce las previsiones contenidas en los arts. 38 y 49 del Decreto Reglamentario de la Ley General del Trabajo, sustentada por el D.S. N° 20029, puesto que, el empleador es una Corporación que genera utilidades por varios conceptos, por lo que corresponde el pago de primas en favor de sus trabajadores